Inside CubaCUBA Anuncia la Unificación Monetaria Comenzando en Enero. PRECIOS de la Canasta Básica y Documentos Migratorios. * CUBA Announces Monetary Unification Beginning in January. PRICES of the Basic Basket and Migratory Documents.

bodega-cuba-foto-acn-e1607690684527CUBA ANUNCIA LA UNIFICACION MONETARIA COMENZANDO EN ENERO.

LISTA DE NUEVOS PRECIOS PARA PRODUCTOS Y SERVICIOS DE LA CANASTA BASICA EN CUBA.

El gobierno de Cuba anunció en un programa especial televisado que la isla empezará la unificación monetaria a partir del 1 de enero de 2021.

La decisión implica que el CUC dejará de circular en Cuba a partir del próximo año y se establecerá una tasa de cambio única de 24 pesos cubanos por 1 dólar.

En el mensaje televisado, en el que estuvieron presente Raúl Castro Ruz, primer secretario del PCC, y Miguel Díaz-Canel Bermúdez, presidente de Cuba, decidieron informar sobre el inicio de la tarea de ordenamiento monetario, como un paso decisivo en el ordenamiento monetario del país.

Díaz-Canel, se refirió a que en este proceso de ordenamiento monetario se llevará a cabo una serie de transformaciones en el ámbito cambiario, tributario, crediticio, de precios, de salarios y demás ingresos de los ciudadanos.

«Uno de los principales (riesgos) es que se produzca una inflación superior a la planificada, agudizada por el actual déficit de oferta. Los precios abusivos y especulativos no se permitirán, se enfrentarán con medidas de contención y severas sanciones a los incumplidores», aseguró.

Actualmente, la mayoría de la población cobra sus salarios y paga productos y servicios básicos en pesos cubanos; mientras que el Estado vende productos importados y cobra por muchos de sus servicios en CUC, creado en los años 90.

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UNIFICACION MONETARIA: NUEVAS TARIFAS EN DOCUMENTOS Y TRAMITES MIGRATORIOS.

La unificación monetaria ha implicado que las tarifas a pagar por documentos gravados que hasta la actualidad se habían establecido en moneda libremente convertible CUC y pesos cubanos CUP, también hayan requerido ser estudiadas.

Tal es el caso, de las tarifas de los documentos gravados para trámites migratorios, así como para legalizaciones, que se detallan en el Decreto-Ley No. 21 “Modificativo de la Ley 113 “Del Sistema Tributario”.

Para el establecimiento de las nuevas tarifas el Ministerio de Finanzas y Precios ha definido dos grupos:

Grupo 1: Entidades estatales y sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano, sujetos que operan en el país al amparo de la Ley 118 “De la Inversión Extranjera”, los usuarios y concesionarios de la Zona Especial de Desarrollo Mariel, las cooperativas agropecuarias y no agropecuarias, las organizaciones y asociaciones, y las personas naturales residentes permanentes en el territorio nacional.

Grupo 2: Las sucursales, agentes y oficinas de representación de personas jurídicas extranjeras radicadas en el territorio nacional, así como las personas naturales no residentes permanentes en el territorio nacional.

No obstante, en este rubro correspondiente a las tarifas de los documentos gravados relacionados con los trámites migratorios, ambos grupos pagarán la misma cuantía y en la misma moneda: pesos cubanos CUP; no así las correspondientes a legalizaciones de documentos para surtir efecto en el exterior.

LISTA DE NUEVOS PRECIOS PARA PRODUCTOS Y SERVICIOS DE LA CANASTA BASICA EN CUBA. Ver todos los precios en Gaceta Oficial Extraordinaria 68. https://www.gacetaoficial.gob.cu/sites/default/files/goc-2020-ex68.pdf

Agencies/ D’Cubanos/ Gaceta Oficial de Cuba/ Internet Photos/ www.TheCubanHistory.com
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